Los Estados del Consejo definen colectivamente la misión y visión de la OACI, convocan las asambleas trienales de la Organización y nombran al Secretario General.
También proporcionan una guía constante hacia la enmienda o adopción de normas y métodos recomendados (SARPS) internacionales que figuran en los anexos del Convenio de Chicago.
También se puede solicitar a los Estados del Consejo que arbitren entre los Estados miembros en asuntos relacionados con el Convenio de Chicago y la aviación civil, que emitan declaraciones o condenas que plasmen su consenso diplomático o que soliciten investigaciones sobre asuntos de aviación internacional que susciten gran preocupación.
En todos los casos, el Consejo trata de avanzar mediante el consenso de los Estados que lo conforman y, como respaldo de los objetivos estratégicos que adopta, coordinar el progreso del transporte aéreo internacional y su consideración prioritaria.